El Ministerio del Interior estableció la suma que cobrarán en concepto de viáticos las personas que desarrollen funciones en las PASO, elecciones generales y una eventual segunda vuelta.
El Ministerio del Interior de la Nación emitió un comunicado que saldrá este miércoles en el Boletín Oficial, informando que habrá una suma fijada por la cartera encabezada por Eduardo ‘Wado’ de Pedro.
La medida establece que ciudadanos y ciudadanas que se desempeñen como autoridades de mesa recibirán 7.000 pesos en concepto de viático por su desempeño en las PASO, las elecciones nacionales y una eventual segunda vuelta. A esa suma se le agregarán 3.000 pesos por haber participado de las instancias de capacitación reconocidas por la Justicia Electoral.
Previo a los comicios, se pagará un importe adicional de 10 mil pesos, también en caso de haber cumplido funciones durante las PASO, las elecciones nacionales y una eventual segunda vuelta. Si ocurriera que no se llega a una segunda vuelta, el último importe adicional será de 7.000 pesos.
La normativa además establece que las personas que hayan sido designadas por la Justicia Nacional Electoral como delegadas en los locales de votación, y que cumplan esa función en todas las instancias electorales, percibirán una suma de 11.500 pesos por elección en concepto de viáticos. Además recibirán 3.500 pesos por la tarea de remisión de reportes de eventos, incidencias o datos adicionales solicitados por la Cámara Nacional Electoral.
En el caso de participar en las PASO, las nacionales y una eventual segunda vuelta, cada delegado recibiría un total de 40 mil pesos.
Desde el Ministerio del Interior informaron que el beneficio «sólo podrá ser cobrado por aquellas personas que efectivamente se hayan desempeñado en la función asignada, por lo que, si por alguna razón el o la convocada se ausenta en alguno de los comicios, se le abonará la parte proporcional de la suma que le corresponda».
Asimismo, resaltaron que la Justicia Nacional Electoral se encargará de verificar el cumplimiento de las funciones establecidas en el Código Electoral Nacional, y de informar al Correo Oficial de la República Argentina el listado de convocados con derecho a percibir las compensaciones fijadas por la resolución, con indicación del número de mesa en la que desempeñaron sus funciones.